Nov 09, 2024

Seguro al desempleo: beneficio para afiliados a Cajas de Compensación

  • Oct 28, 2022
  • Oct 28, 2022
  • 463

 

Seguro al desempleo: beneficio para afiliados a Cajas de Compensación

 

¿Eres afiliado a Comfenalco Valle Delagente y te quedaste sin empleo? No te preocupes, postúlate al Seguro al Desempleo y accede a todos sus beneficios: Pago de aportes al sistema de salud y pensión sobre la base de cotización de un (1) SMMLV, por un periodo de seis (6) meses (aplica para usuarios categoría A, B y C); pago de transferencia económica por valor de $ 1.500.000, divididos en cuatro (4) mensualidades (aplica solo para usuarios que en su último vínculo laboral hayan sido aportantes categoría A y B; los usuarios categoría C, a pesar de salir beneficiarios no recibirán el presente beneficio) y asesoramiento y búsqueda de empleo.

 

“Comfenalco Valle Delagente a través de la Agencia de Empleo apoya a sus afiliados en momentos de crisis, para que puedan afrontar la pérdida de un empleo, mientras llega una nueva oportunidad laboral que estabilice su condición económica”, indicó Clara Eugenia Orozco, Gerente de Empleabilidad y Emprendimiento de Comfenalco Valle Delagente.

 

¿Cuáles son los requisitos?

 

1. Encontrarse en condición de cesante o desempleado (no debe estar pensionado por invalidez, vejez o sobrevivencia).

2. Si en su último vínculo laboral aportó como trabajador dependiente, debe haber realizado aportes a la Caja de Compensación Familiar durante un (1) año continuo o discontinuo, en el transcurso de los últimos tres (3) años. Para el caso de los trabajadores independientes, debe haber realizado aportes a la Caja de Compensación Familiar durante dos (2) años continuos o discontinuos, en el transcurso de los últimos tres (3) años.

3. Que la última Caja de Compensación a la cual haya aportado sea Comfenalco Valle Delagente y haya cotizado como afiliado en categorías A, B o C.

4. No haber sido beneficiario dentro de los últimos tres (3) años, del Mecanismo de Protección al Cesante (Ley 1626 y Decretos 488 y 770).

5. Estar inscrito en cualquiera de los servicios de empleo autorizados, pertenecientes a la red del servicio público de empleo, y realizar la Ruta de la 6. Empleabilidad http://personas.serviciodeempleo.gov.co/login.aspxo de forma presencial.

6. Asistir y certificarse obligatoriamente al programa de capacitación dispuesto por la Agencia de Empleo.

 

Es importante indicar que no podrán postularse los trabajadores cesantes que luego de terminar una relación laboral, mantengan otra vigente o hayan percibido beneficios del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante, durante seis (6) meses continuos o discontinuos en los últimos tres (3) años.

 

¿Cuáles son los documentos requeridos para realizar la postulación?

 

- Copia del documento de identificación legible (por ambos lados).

- Certificación de la cesación laboral expedida por el empleador, indicando la fecha exacta de la terminación laboral, última remuneración del trabajador y motivo del retiro, debe estar debidamente firmada, en caso de que su carta no detalle estos tres (3) datos, por favor diligenciar y anexar a la postulación la declaración juramentada que puede descargar aquí:https://agenciadeempleo.comfenalcovalleweb.com/wp-content/uploads/2022/09/Declaracion_Juramentada_Seguro_al_Desempleo.pdf

- Certificación de la última EPS con vigencia no mayor a 5 días hábiles, donde se evidencie que su estado actual es Retirado, Subsidiado, Protección laboral o Beneficiario.

- Certificación del Fondo Pensiones al cual está afiliado, con vigencia no mayor a 30 días.

 

Si cumples con los requisitos, puedes postularte por este link:

 

https://zenith.asopagos.com/ASOPAGOS/jsp/zenithFront/index.html#/preRadicacionEnLinea?param=cGFyYW1ldHJvX2VzcGVyYWRvPTQz