Oct 08, 2024

Se prohíbe la circulación de motocicletas el 31 de diciembre de 2016 y 1 de enero de 2017

  • Dec 26, 2016
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Se prohíbe la circulación de motocicletas el 31 de diciembre de 2016 y 1 de enero de 2017

 

Mediante decreto 4602 del 26 de diciembre de 2016, la Administración Distrital prohíbe la circulación de motocicletas y realización de caravanas para fin del año 2016 y comienzos del 2017.

 

La medida rige desde las 2:00 p.m. del sábado 31 de diciembre de 2016 hasta las 5:00 a.m. del lunes 2 de enero de 2017.

 

Igualmente se exoneran de la prohibición las motos de la fuerza pública, autoridades de tránsito, empresas de vigilancia y seguridad privada, empresas de operación portuaria, farmacias y restaurantes que realicen servicios a domicilio, escoltas de autoridades nacionales, departamentales y distritales, debidamente identificados, organismos de socorro cuyo personal deberá estar con su respectiva investigación, uniforme o distintivo, miembros de los medios de comunicación igualmente identificados.

 

Para las empresas cuyo personal requiera el uso de motocicletas para movilizarse, deberán solicitar el permiso por escrito en la Secretaría de Tránsito con su debida justificación.

 

Quien incumpla la medida deberá pagar una multa de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes y la inmovilización de la motocicleta.