Conforme a lo establecido en la Resolución 0002307 del 12 de Agosto 2014 artículo 2 ‘TEMPORADA VACACIONAL DE NAVIDAD Y AÑO NUEVO’ y artículo 6, en cuanto a que las medidas de regulación del tráfico vehicular, el Ministerio de Transporte, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional y las autoridades de Tránsito local y a lo estipulado en la Resolución 761 de 2013, el Ministerio se permite comunicar a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados, las restricciones a aplicar para los vehículos de carga para el puente festivo del 11 de enero.
Dichas restricciones van de acuerdo a las fechas y horas relacionadas a continuación:
1. ALTO EL MANZANO – PEREIRA- RIOSUCIO-YE DE CERRITOS-CARTAGO.
2. ARMENIA-MONTENEGRO-QUIMBAYA
3. BARRANQUILLA – CARTAGENA (VÍA AL MAR)
4. BARRANQUILLA- YE DE CIENAGA
5. BOGOTÁ - CHOACHI.
6. BOGOTÁ – CHÍA – CAJICÁ – UBATÉ – CHIQUINQUIRÁ – BARBOSA – SAN GIL – BUCARAMANGA.
7. BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ.
8. BOGOTÁ – LA VEGA – VILLETA – HONDA Y CORAN-GUADUAS
9. BOGOTÁ – TUNJA.
10. BOGOTÁ – VILLAVICENCIO – ACACÍAS.
11. BOGOTÁ-LA CALERA-GUASCA-GUATAVITA
12. BOGOTÁ-MOSQUERA-FACATATIVÁ- SASAIMA- VILLETA
13. BOSCONIA-ZAMBRANO-CARMEN DE BOLÍVAR-CRUZ DEL VISO-TURBACO-CARTAGENA
14. BUCARAMANGA –LA LIZAMA
15. BUCARAMANGA- SAN ALBERTO
16. BUCARAMANGA-PAMPLONA-CÚCUTA
17. CALI – POPAYAN - PASTO
18. CHÍA- COTA-MOSQUERA-LA MESA-GIRARDOT
19. CÚCUTA-YE DE ASTILLEROS (antes estaba CÚCUTA –SARDINATA se reduce el recorrido)
20. HATILLO-BARBOSA
21. HONDA-DORADAL-MEDELLÍN
22. IBAGUÉ – ARMENIA – LA PAILA
23. IBAGUÉ-HONDA
24. MANIZALES-MARIQUITA-ARMERO
25. MEDELLÌN – SANTA FE DE ANTIOQUIA.
26. MEDELLÍN-HATILLO-YARUMAL- CAUCASIA
27. MEDELLÍN- PRIMAVERA- LA PINTADA- LA FELISA- LA MANUELA
28. MONTERÍA-CERETE-LORICA-COVEÑAS-TOLÚ-TOLUVIEJO-CRUZ DEL VISO (BOLÍVAR)
29. NEIVA – ESPINAL – GIRARDOT.
30. NEIVA-GARZÓN-PITALITO-MOCOA
31. PASTO – CHACHAGÜI.
32. PUERTO ARAUJO-PUERTO BOYACÁ
33. RIOHACHA - VALLEDUPAR
34. SANTA MARTA – RIOACHA
35. SANTA MARTA-FUNDACIÓN-SAN ROQUE-AGUACHICA
36. SIBATE- ALTO DE SAN MIGUEL-FUSAGASUGÁ
37. TUNJA –CHIQUINQUIRÁ
38. TUNJA-BARBOSA
39. TUNJA-DUITAMA-SOGAMOSO
40. VILLAVICENCIO –PUERTO LÓPEZ
41. VILLAVICENCIO-CUMARAL
NOTA ESPECIAL: Como lo dicta el artículo 3 de la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.
NOTA 1: Los días viernes 4 de diciembre de 2015 y 8 de enero de 2016, la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de Bogotá.
NOTA 2: El día 11 de enero de 2016, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas. Igualmente se aplicará la restricción con dos horas de antelación al horario estipulado en la mencionada fecha en el corredor vial N° 7 (BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ) para los vehículos de carga que vengan en sentido IBAGUÉ – BOGOTÁ.
NOTA 3: La restricción de carga en el corredor vial N° 17 (CALI – POPAYAN – PASTO) solo aplicará para los puentes festivos de navidad, año nuevo y reyes (2015-2016).
NOTA 4: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a las restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por INVIAS.
NOTA 5: La restricción no aplica para los vehículos de carga que transportan carbón térmico desde el Departamento Norte de Santander hacia la Costa Atlántica.
NOTA 6: La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional.
NOTA 7: Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en la Resolución 2307 de 2014, "Por la cual se establecen medidas para la regulación del tráfico vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país y se dictan otras disposiciones".
NOTA 8: El Instituto Nacional de Vías (INVÍAS), la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) y las CONCESIONES de la red vial nacional, tienen programado suspender y no realizan obras en la red vial que afecten la movilidad, durante la vigencia del presente comunicado. No obstante lo anterior, en el desarrollo de algunos de los proyectos concesionados, por programación y ejecución del contrato de concesión, se adelantarán algunas labores puntuales en la vía, sobre las cuales existirá, por parte del Concesionario, la señalización adecuada y necesaria que brinde seguridad y movilidad a los usuarios.
NOTA 9: Se establece el Puesto de Mando Unificado PMU en la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, con la presencia del Ministerio de Transporte, Superintendencia de Puertos y Transporte, INVIAS y ANI. Los datos de contacto son: Teléfono: 320 303 9152 Correo electrónico: ditra.ciesp@policia.gov.co Se recuerda que para preguntas e información adicional de las vías el número de contacto es el #767.
NOTA 10: El día 11 de enero de 2016, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, implementará reversible en la vía Guaduas - Villeta desde la Glorieta de la Morena Km 31 hasta el km 64+100 en el horario comprendido desde las 3 PM hasta las 5 PM, teniendo en cuenta el alto volumen de vehículos que retornaran en este tramo vial por la culminación de la feria de Manizales y los viajeros que retornan de la Costa Atlántica, facilitando la movilidad de los usuarios que ingresan hacia la ciudad de Bogotá.
Se recomienda a los viajeros que transiten por este corredor vial como vía alterna las siguientes:
• Calle 13 - Facatativá - Albán - Vianí - Cambao - Honda
(Para quienes se dirijan hacia la Costa Atlántica y Antioquia)
• Calle 13 - Facatativá - Albán-Vianí-Cambao-Armero-Guayabal-Mariquita (para quienes viajen hacia el departamento de Caldas)
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