Jan 13, 2025

Por el no cumplimiento de sus deberes, los inspectores de Policía podrían incurrir en sanción disciplinaria: Personero Distrital de Buenaventura

  • May 12, 2020
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Por el no cumplimiento de sus deberes, los inspectores de Policía podrían incurrir en sanción disciplinaria: Personero Distrital de Buenaventura

 

El personero Distrital, Edwin Janes Patiño Minotta, manifestó que adelantará las indagaciones pertinentes contra los inspectores de Policía, por el presunto incumplimiento a sus deberes como funcionarios.

 

“Durante la cuarentena ha aumentado la demanda de los servicios que ofertan las inspecciones de Policía porque se han presentado casos relacionados con desacato a una orden judicial, arrojo de basuras y escombros en bien ajeno, conflictos de convivencia y los comparendos por violación del aislamiento preventivo obligatorio, todos son delitos querellables que requieren ser atendidos de manera efectiva por estas dependencias”, expresó.

 

Explicó que las personas que son multadas por no cumplir la medida de aislamiento y que no están de acuerdo con la multa, pueden interponer un recurso de apelación ante el Inspector de Policía, “la  Policía impone la medida sancionatoria, pero es el inspector quien decide si se cometió una falta dentro de la medida, basado en las pruebas presentadas por el infractor como videos, testigos y documentos en los que argumente las razones por las que no se encontraba infringiendo la medida”.

 

Es así que en el recorrido realizado por el Ente de Control a las cinco inspecciones de Policía, se observaron las siguientes irregularidades:

 

  • La Inspección de Policía del barrio La Independencia no estaba prestando sus servicios; el vigilante manifestó que se les había dado el día libre, sin embargo, no había un aviso que informará a la comunidad que ese día no se iba a laborar. Tampoco estaba publicado el horario de atención.

 

  • La Secretaría de Gobierno y Seguridad Ciudadana no ha nombrado al Inspector de Policía de la Casa de Justicia, generando de esta manera traumatismos entre los usuarios que deben desplazarse desde la Comuna 12 a la 10 para presentar sus querellas.

 

  • En cuatro (4) de las cinco (5) inspecciones visitadas, no estaba en su puesto de trabajo el inspector. Al llegar a las instalaciones sólo estaba la secretaria o el vigilante, teniendo en cuenta que por el aislamiento preventivo obligatorio estas dependencias están trabajando en horario de 8:00 a.m. a 12:00 del mediodía.

 

Señaló que con esta conducta están lesionando lo descrito en numeral 11 del artículo 34 (Ley 734 de 2002), “este comportamiento les podría generar una amonestación escrita en su hoja de vida y en el certificado de antecedentes disciplinarios que expide la Procuraduría General de la Nación”.

 

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