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El alcalde Eliécer Arboleda Torres, a través de las facultades legales y constitucionales tomó la decisión mediante Decreto 2340 de diciembre 7 de 2016 y deroga el Decreto 2238 del 21 de noviembre de 2016 que sí lo permitía.
“Con ello, ninguna persona en Buenaventura debe estar vendiendo, distribuyendo o almacenando pólvora, fuegos artificiales y demás elementos, quienes lo hagan serán sancionadas como lo determina la Ley”, dijo Luis Fernando Ramos Carabalí, secretario de Gobierno y Seguridad Ciudadana.
El Decreto sancionado por el Señor Alcalde especifica que también está prohíba la manipulación por personas adultas, por tal razón, les hizo el llamado a quienes acostumbran a quemar pólvora a no hacerlo por el bienestar propio, pero sobre todo, por el de nuestros niños y niñas, quienes son los más propensos a resultar con quemaduras graves”.
Asimismo, precisó que, “el menor de edad que resulte quemado por negligencia del padre perderá la custodia y será sancionado. Además, tenemos que ser responsables con nuestros hijos y los de nuestros vecinos, por ende, insisto en el llamado para que se abstengan de hacerlo”.
Ramos Carabalí fue enfático en afirmar que la fuerza pública está facultada a través del Decreto para decomisar y de conducir a los pequeños al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, entidad que asumirá la custodia temporal de los niños por descuido de los padres de familia.
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