La meritocracia tiene como objetivo fundamental la profesionalización de quienes sirven en la Administración Pública, con el fin de lograr transparencia y calidad en la atención a los ciudadanos.
El presidente Santos dispuso la elaboración e implementación del proceso de meritocracia a la Función Pública, para los cargos de naturaleza gerencial y de libre nombramiento y remoción de la rama Ejecutiva, con el fin de que al servicio público lleguen las personas con más altas calidades y se dé igualdad de oportunidades para ingresar con transparencia a los empleos públicos, lo que redunda en una administración transparente.
Francisco Amézquita, Coordinador del Grupo de Gestión Meritocrática de Función Pública considera que el punto de partida para la implementación de la evaluación de competencias por sistema de méritos en la selección de los gerentes públicos está claro en la Ley 909 de 2004, donde dice: "El criterio de mérito, de las calidades personales y de la capacidad profesional, son los elementos sustantivos de los procesos de selección del personal que integra la función pública. Tales criterios se podrán ajustar a los empleos públicos de libre nombramiento y remoción, de acuerdo con lo previsto en la presente ley".
La misma norma establece que son empleos de gerencia pública los cargos que conlleven ejercicio de responsabilidad directiva diferente a aquellos cuya nominación dependa del Presidente de la República en el nivel nacional.
Para esos casos Función Pública elabora pruebas técnicas de competencias laborales, de conocimiento y habilidades gerenciales que aplica a los candidatos, es decir a gerentes públicos de la Rama Ejecutiva del orden nacional que deben someterse al proceso de meritocracia.
En desarrollo de esa responsabilidad asignada por el Presidente también hace un cuidadoso estudio de la formación académica y de la experiencia laboral de los aspirantes que se inscriben a los concursos públicos y abiertos.
Para dar operatividad a lo anterior, se expidió el Decreto 1601 de 2005, modificado por el Decreto 4567 de 2011 y el Decreto 1083 de 2015, por el cual se establece el procedimiento para la elaboración de las competencias laborales de quienes van a desempeñar cargos de libre nombramiento y remoción en la Rama Ejecutiva del orden Nacional.
En los procesos públicos y abiertos los candidatos presentan la prueba de conocimientos que tiene un carácter eliminatorio ante Función Pública. "A los aspirantes que presentan esta prueba previamente sea verificado el cumplimiento de requisitos frente al manual de funciones de la entidad a la que pretenden ingresar y posteriormente se les aplicará la prueba de competencias laborales y una entrevista", explicó Amézquita.
Con el puntaje que obtienen en las pruebas de conocimientos, competencias laborales, entrevista y análisis de antecedentes se elabora la lista de elegibles y quienes obtienen los mejores resultados ingresan al servicio público.
Con la meritocracia se profesionaliza el servicio público, con empleados competentes y comprometidos, lo que permite un servicio al ciudadano eficiente, ágil y moderno.
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