La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP rechazó la solicitud de sometimiento de Dairo Antonio Úsuga David, conocido como “Otoniel”.
La Sala determinó que Úsuga David no logró aportar pruebas suficientes que lo acrediten como un tercero colaborador civil y por lo tanto la JEP no tiene competencia sobre los hechos por los cuales ha sido procesado en la justicia ordinaria.
La Sala de Definición informó de esta decisión a la Corte Suprema de Justicia, a la Sección de Revisión, a la Sección de Ausencia de Reconocimiento y a la Sala de Reconocimiento de la JEP donde Úsuga David ha sido citado en calidad de testigo dentro del caso 04, que investiga la situación territorial del Urabá, y en el caso 03, conocido como el de falsos positivos.
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