Mediante Decreto 1341 del 1 de noviembre de 2017, La Administración Distrital prohíbe la producción, comercialización, almacenamiento y manipulación de la pólvora, de globos y elementos pirotécnicos elaborados con fósforo blanco u otras sustancias que produzcan detonación y explosión por considerarlas grave amenaza contra la vida, la integridad física y la salud de las personas en especial de los niños, niñas y adolescentes, en todo el territorio del Distrito de Buenaventura.
“Cómo en esta fecha se aumenta la venta de pólvora, el alcalde Distrital, Eliécer Arboleda Torres, toma la decisión de emitir un acto administrativo por medio del cual se prohíbe el transporte, manipulación, elaboración y comercialización de pólvora en el Distrito de Buenaventura con miras a proteger desde luego a los niños, niñas y adolescentes y a los adultos que puedan resultar afectados con la manipulación de estos elementos”, indicó Luis Fernando Ramos Carabalí, secretario de Gobierno.
Precisó que no habrá autorización para comercializar pólvora en los sitios que tradicionalmente se vendía estos elementos en Buenaventura en años anteriores.
El Secretario de Gobierno explicó que la exceptúa de la prohibición anterior cuando se realiza en un espectáculo al aire libre siempre y cuando sea manipulado y bajo la responsabilidad de personas expertas en la materia, que cumplan con todas las medidas de seguridad y sea autorizado por la autoridad competente conforme al decreto 4881 de 2006 por el que se reglamenta parcialmente la Ley 670 de 2001.
Dijo que con el decreto se insta a los padres de familia a asumir debidamente su responsabilidad para con sus hijos y demás familiares en el sentido de proteger y salvaguardar la vida, la integridad y la salud de los niños y niñas, no permitiéndole la manipulación de pólvora y demás elementos detonantes y/o explosivos.
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