Oct 06, 2024

Declaración de la portavoz de la UE sobre el anuncio de un mecanismo de monitoreo y verificación en las negociaciones de paz de La Habana

  • Jan 20, 2016
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Declaración de la portavoz de la UE sobre el anuncio de un mecanismo de monitoreo y verificación en las negociaciones de paz de La Habana

 

El siguiente es el texto de la declaración de la portavoz de la Unión Europea (UE) de Asuntos Exteriores y política de seguridad a propósito del anuncio ayer de la creación de un mecanismo de monitoreo y verificación en el marco de los diálogos de paz de La Habana.

 

(Bruselas, enero 20 de 2016). “La decisión anunciada ayer en La Habana por los equipos negociadores del Gobierno colombiano y las FARC solicitando a las Naciones Unidas la creación de un mecanismo tripartito de monitoreo y verificación del cese el fuego y dejación de armas lleva a las partes a un importante paso más cerca hacia un acuerdo final de paz.

 

La participación de los Estados miembros de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC), como ha sido solicitado por las partes negociadoras, demostraría el compromiso de los países de la región para ayudar a superar el conflicto existente más antiguo del hemisferio occidental.

 

La Unión Europea, activamente comprometido en el proceso de paz con el Enviado Especial de la Alta Representante, Eamon Gilmore, está lista a apoyar a las Naciones Unidas y a los Estados de la CELAC en sus esfuerzos por poner en marcha la misión de verificación. Las oportunidades para la paz no se deben desaprovechar”.

 

 

Resolución del Parlamento Europeo, de 20 de enero de 2016, en apoyo al proceso de paz en Colombia (2015/3033(RSP))

 

El Parlamento Europeo,

 

– Vistas sus resoluciones en favor de la paz y de los derechos humanos en Colombia,

 

– Vistos los lazos especiales que vinculan a la UE con Colombia, y en particular el Acuerdo Comercial Multipartes entre Colombia y Perú, y la UE y sus Estados Miembros, firmado en Bruselas el 26 de julio de 2012, así como el Acuerdo de exención de visados entre la Unión Europea y Colombia, firmado el 2 de diciembre de 2015,

 

– Visto el punto 44 del Mensaje de la Delegación del PE en la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana (EuroLat) a la II Cumbre CELAC-UE de Bruselas sobre terminación del conflicto interno entre el Gobierno de Colombia y las FARC, y la Declaración de Bruselas adoptada al término de la II Cumbre UE-CELAC, el 11 de junio de 2015,

 

– Vista la Declaración de la Alta Representante de la UE, Federica Mogherini, sobre el Acuerdo de justicia transicional en Colombia, de 24 de septiembre de 2015, así como su Declaración de 1 de octubre de 2015, por la que se nombra a Eamon Gilmore Enviado Especial de la Unión para el Proceso de Paz en Colombia,

– Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,

 

A. Considerando que la UE y Colombia mantienen un marco de estrecha colaboración política, económica y comercial, establecido en el Memorandum de Entendimiento de noviembre de 2009 y en el Acuerdo Comercial entre Colombia y Perú, y la UE y sus Estados Miembros, cuyas aspiraciones últimas son no solo potenciar las relaciones económicas y comerciales entre las partes, sino también reforzar la paz, la democracia, el respeto de los derechos humanos, el desarrollo sostenible y el bienestar de los ciudadanos;

 

B. Considerando que esta estrecha relación se extiende a espacios de colaboración internacional en asuntos multilaterales de interés mutuo, como son la lucha por la paz y contra el terrorismo y el narcotráfico;

 

C. Considerando que el conflicto armado interno en Colombia se ha prolongado durante más de cincuenta años, que ha causado grandes sufrimientos a la población, tanto por acciones terroristas como por las de grupos paramilitares, y ha provocado, entre otras cosas, asesinatos, desapariciones forzosas, secuestros, violencia sexual, abusos contra menores, desplazamientos internos y externos de población, y estallido de minas contra personas;

 

D. Considerando que la Mesa de Conversaciones entre el Gobierno de Colombia y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) se instaló en La Habana (Cuba) el 19 de noviembre de 2012, tras la firma del documento «Acuerdo General para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera», del 26 de agosto de 2012, dando cumplimiento al deseo del conjunto del pueblo colombiano de vivir en paz, y reconociendo que el Estado tiene el deber de promover los derechos humanos en la totalidad de su territorio y que el desarrollo económico y social equitativo es garante de paz y condición necesaria para el crecimiento inclusivo y sostenible del país;

 

E. Considerando que, en diferentes fases, los negociadores en La Habana lograron acuerdos sobre un nuevo campo colombiano y una reforma rural integral, participación política y apertura democrática para construir la paz, y solución al problema de las drogas ilícitas;

 

F. Considerando que el 23 de septiembre de 2015 el Gobierno de Colombia y las FARC anunciaron la conclusión de un acuerdo sobre la creación de una Jurisdicción Especial para la Paz con arreglo al Derecho internacional que satisfaga los derechos de las víctimas y contribuya a la creación de una paz estable y duradera, a cuyo efecto las partes han acordado la puesta en marcha de un Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, que incluye la creación de una Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, así como acuerdos en materia de reparación a las víctimas;

 

G. Considerando que, el pasado 15 de diciembre de 2015, el Gobierno de Colombia y las FARC anunciaron la conclusión de un acuerdo sobre las víctimas del conflicto y la creación de las instituciones previstas en el acuerdo del 23 de septiembre de 2015;

 

H. Considerando que el Gobierno de Colombia, su cámara legislativa y el pueblo colombiano son soberanos para establecer los parámetros de esta Jurisdicción Especial para la Paz, cuya función esencial será acabar con la impunidad, obtener la verdad y juzgar y sancionar a los perpetradores de los delitos cometidos durante el conflicto, en particular los más graves y representativos, garantizando la no repetición y contribuyendo además a la reparación de las víctimas;

 

I. Considerando que la terminación de este conflicto interno, que durante más de cincuenta años ha provocado millones de víctimas, y la consecución de una paz estable y duradera en Colombia son una prioridad en primer lugar para ese país, pero también para la Unión Europea y para la comunidad internacional, como lo demuestran las numerosas declaraciones de apoyo al proceso de paz por parte de distintos países y organismos regionales e internacionales, incluida la propia Unión Europea;

 

1. Acoge con satisfacción y apoya los acuerdos alcanzados hasta el momento entre el Gobierno de Colombia y las FARC para alcanzar la paz en Colombia, y destaca los acuerdos sobre una reforma rural integral, participación política y apertura democrática para construir la paz, la solución del problema de las drogas ilícitas y la creación de una Jurisdicción Especial para la Paz, que incluye la creación de una Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, así como la Unidad Especial para la Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto y la Unidad de Investigación y Desmantelamiento de las Organizaciones Criminales;

 

2. Reconoce el esfuerzo político, de realismo y perseverancia demostrados tanto por el Gobierno de Colombia como por las FARC para acercar sus antagónicas posturas, creando progresivamente un espacio de compromiso que ha permitido avanzar en la búsqueda de una paz estable y duradera y promover así un acuerdo único en la historia, que pone a las víctimas en su centro y establece como prioridades la verdad, la justicia sin impunidad, la reparación verdadera de los daños sufridos y la no repetición; reconoce asimismo el importante papel de las asociaciones de víctimas, de las ONG y de la sociedad civil para la consecución de estos acuerdos;

 

3. Hace un llamamiento al Ejército de Liberación Nacional (ELN) para que, sin más dilaciones, se comprometa de manera firme y decidida con la paz en Colombia, y pide que se inicie con el Gobierno colombiano un proceso negociador paralelo que pueda desarrollarse en similares términos;

 

4. Expresa su deseo de que las negociaciones culminen a la mayor brevedad posible de modo que marque el final definitivo del conflicto y un verdadero hito en la historia moderna de Colombia, y a tal fin solicita a las partes, a todas las fuerzas políticas colombianas y al conjunto de la sociedad colombiana su contribución positiva al fin de la violencia;

 

5. Proclama una vez más que la violencia no es un método legítimo de lucha política, y pide a quienes han tenido esa convicción que abracen la democracia con todas sus consecuencias y exigencias, la primera de ellas, el abandono definitivo de las armas y la defensa de sus ideas y aspiraciones a través de reglas democráticas y el Estado de Derecho;

 

6. Reconoce el importante papel desempeñado hasta la fecha por Cuba y Noruega como países garantes, y Chile y Venezuela como países acompañantes del proceso de paz, y agradece también la colaboración del papa Francisco en esta tarea;

 

7. Acoge con satisfacción la decisión de 1 de octubre de 2015 de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y Vicepresidenta de la Comisión, Federica Mogherini, de nombrar a Eamon Gilmore, ex viceprimer ministro y ex ministro de Asuntos Exteriores y Comercio de la República de Irlanda, Enviado Especial de la Unión Europea para el Proceso de Paz en Colombia, y saluda asimismo el papel de monitoreo de la situación relativa a los derechos humanos en el escenario posterior a los acuerdos de paz que está llamada a desempeñar la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos en Colombia;

 

8. Reitera su disposición a prestar toda la asistencia posible en apoyo a la aplicación del acuerdo definitivo de paz, y renueva al efecto su llamamiento a los Estado miembros de la Unión Europea para que creen un fondo fiduciario para acompañar la fase posconflicto en el que puedan participar las comunidades y organizaciones de la sociedad civil, y tenga en cuenta las prioridades expresadas por las víctimas en materia de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición;

 

9. Subraya la importancia de que la construcción de la paz traiga consigo un esfuerzo decidido de lucha contra la desigualdad y la pobreza, que incluya soluciones justas para las personas y comunidades desplazadas de sus tierras, acceso al trabajo digno y reconocimiento de derechos laborales y sociales en toda Colombia, y considera que debe darse un apoyo especial a determinados colectivos que han sufrido desproporcionadamente el conflicto, como el afrocolombiano y el indígena;

 

10. Considera que el establecimiento de una Subcomisión de Género que garantice la integración de la perspectiva de género en las negociaciones y la participación de las víctimas de violencia sexual y de las organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres en los diálogos de paz no tienen precedentes y deberían ser una inspiración para otros procesos de paz en todo el mundo;

 

11. Toma nota con satisfacción de la exclusión de toda amnistía o indulto para los delitos de lesa humanidad, genocidio y graves crímenes de guerra y violaciones de los derechos humanos, en línea con lo que disponen el Derecho internacional penal y humanitario y los instrumentos y normas internacionales de aplicación en el ámbito de los derechos humanos;

 

12. Estima indispensable que las penas impuestas a los perpetradores de los crímenes contribuyan al objetivo de reparación de las víctimas y a la reconciliación social y política;

 

13. Reconoce los esfuerzos llevados a cabo por las instituciones colombianas para avanzar en la garantía íntegra y permanente de los derechos humanos, y les pide que redoblen dichos esfuerzos con el fin de erradicar totalmente la subcultura de la violencia en un país donde cincuenta años de conflicto generaron en ocasiones respuestas extralegales y conductas contrarias al Estado de Derecho y a los derechos humanos por parte de ciertas instituciones; en este sentido, recuerda al Estado de Colombia su responsabilidad de garantizar la protección de los defensores de derechos humanos y sindicalistas, y reclama de estas organizaciones cívicas su colaboración para la restauración de una convivencia reconciliada en Colombia;

 

14. Valora positivamente el anuncio por parte de las fuerzas armadas colombianas de que se va a revisar la doctrina militar de Colombia con el fin de prepararse para responder de manera efectiva y ágil a los nuevos retos en la fase posconflicto, sirviendo de garantes de los acuerdos de paz; estima asimismo que el reciente anuncio por parte de las FARC de que van a suspender su instrucción militar para dedicarse en lo sucesivo a la formación política y cultural en el marco del proceso destinado a poner fin al conflicto armado constituye otro paso esperanzador en la dirección adecuada;

 

15. Recomienda a su Delegación para las Relaciones con los Países de la Comunidad Andina y a su Delegación en la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana que realicen el seguimiento y el posible acompañamiento de los acuerdos de paz;

 

16. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Presidencia de turno de la UE, a la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana y al Gobierno y al Congreso de la República de Colombia.